La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado de manera íntegra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) en relación con el conocido como crimen de Viniegra. Con esta resolución, el Alto Tribunal ratifica las penas de 20 años de prisión por un delito de asesinato impuestas a los tres condenados, validando el pronunciamiento previo que rebajó dicha condena y confirmando el resto de las medidas de la Audiencia Provincial de La Rioja tras el veredicto del Tribunal del Jurado.
Junto a la pena principal por asesinato, la justicia confirma las penas de un año y seis meses de cárcel para cada uno de los tres acusados por el delito de tenencia ilícita de armas. Asimismo, uno de los implicados suma otros seis meses de prisión por un delito contra la seguridad vial al conducir sin puntos en el carné. En el plano de la responsabilidad civil, se mantienen las indemnizaciones destinadas al hijo y a los padres de la víctima, las cuales alcanzan un total de 440.000 euros.
Investigación del crimen de Viniegra: un encuentro trampa y ocultación del cadáver
Los hechos probados determinan que los tres acusados actuaron bajo un plan concertado para terminar con la vida de la víctima, con quien uno de ellos mantenía una importante deuda económica derivada del tráfico de drogas. Bajo el pretexto de saldar este pago, organizaron una cita en un paraje aislado de Viniegra de Arriba. En dicho lugar, dos de los acusados iniciaron un ataque por sorpresa propinando numerosos golpes en la cabeza y el rostro a la víctima, provocándole más de una veintena de heridas antes de dispararle en la nuca. Posteriormente, los tres condenados colaboraron de forma activa en la ocultación del cuerpo arrojándolo a una sima de unos 50 metros de profundidad.
Los recursos presentados por las defensas cuestionaban la existencia de ensañamiento, la motivación del veredicto, la valoración de la prueba y el papel de coautora de una de las procesadas. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos al concluir que se dispuso de prueba de cargo suficiente y obtenida de forma lícita para desvirtuar la presunción de inocencia.
Doctrina penal sobre coautoría y ensañamiento en delitos de asesinato
La resolución del Alto Tribunal valida la existencia de ensañamiento, acreditado mediante los informes forenses y las lesiones de la víctima, que demuestran un aumento innecesario del sufrimiento previo a la muerte. De igual modo, la Sala ratifica la alevosía al confirmarse que la agresión ocurrió de forma sorpresiva en un entorno que anuló cualquier posibilidad de defensa.
Finalmente, la sentencia valida la condena de la tercera acusada como coautora del asesinato. El tribunal considera probado que la mujer conocía el plan criminal, realizó labores de vigilancia en la ejecución, ayudó a la desaparición del cuerpo y asumió el uso del arma. El dictamen recuerda que la coautoría en el derecho penal no requiere la ejecución material del homicidio, sino la participación coordinada y consciente en un plan común aportando un elemento esencial para la consumación del delito.










