El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado este miércoles la Ley Foral reguladora del arrendamiento de habitaciones y otras formas de cesión de uso de vivienda en Navarra, que por primera vez dota a esta modalidad de alojamiento de un marco jurídico propio en la comunidad foral. La norma ha salido adelante con los votos a favor de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, y los votos en contra de UPN, PPN y la parlamentaria no adscrita, Maite Nosti.
La ley distingue tres modalidades contractuales: el arrendamiento de habitación para vivienda habitual —de carácter permanente o temporal de hasta un año vinculado a causa acreditada—, el alquiler de habitación de temporada para usos vacacionales, turísticos o recreativos, y el contrato de hospedaje, que debe incluir como mínimo los servicios de limpieza y suministros. En todos los casos se exigirá la inscripción obligatoria en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra en el plazo de un mes desde la formalización, aunque esta previsión no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2027.
En materia económica, la norma extiende al alquiler por habitaciones el régimen de rentas y garantías propio del arrendamiento de vivienda. En las zonas declaradas de mercado residencial tensionado, la suma de las rentas de las distintas habitaciones arrendadas en una misma vivienda no podrá superar el límite máximo fijado para el alquiler completo del inmueble.
La ley incorpora también la regulación de las comunidades de ayuda mutua, fórmulas de convivencia basadas en pactos de colaboración y asistencia recíproca entre personas arrendatarias, que deberán formalizarse por escrito detallando la contribución de cada parte a los gastos comunes, las tareas domésticas y, en su caso, las prestaciones asistenciales acordadas.
Antes de firmar cualquier contrato de habitación para vivienda habitual, el arrendador deberá informar al inquilino de la descripción de la estancia, las zonas comunes, el precio, la periodicidad de pago, el índice de referencia de precios aplicable y las garantías exigidas. Omitir esta información de forma que induzca a confusión podrá constituir infracción grave.
En el debate plenario, UPN, PPN y la no adscrita coincidieron en rechazar la norma al considerarla burocrática, intervencionista y restrictiva, y advirtieron de que desincentivará la oferta de habitaciones en alquiler sin resolver el problema de fondo del acceso a la vivienda. Cuestionaron además los mecanismos de control para evitar usos contractuales fraudulentos y las medidas de contención de precios.
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a excepción de las disposiciones relativas al Registro de Contratos, que lo harán el 1 de enero de 2027.









