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La Audiencia de La Rioja busca al verdadero autor de una paliza en Logroño tras absolver a dos acusados

El tribunal aplica la presunción de inocencia por falta de pruebas y ordena investigar al sospechoso identificado en el juicio

La Audiencia Provincial de La Rioja ha dictado la absolución para dos jóvenes que se enfrentaban a una petición fiscal de seis años de prisión por un delito de lesiones agravadas. Los magistrados han determinado que las pruebas practicadas durante la vista oral no permiten acreditar, con la certeza exigida en el ámbito penal, la participación de los encausados en la agresión ocurrida en agosto de 2022 a la salida de una discoteca en Logroño. En la misma resolución, el tribunal ordena remitir los testimonios al juzgado competente para investigar a la persona señalada en el juicio como el presunto autor material de los hechos.

Un altercado en el ocio nocturno con secuelas permanentes

Según declara probado la sentencia, la víctima se encontraba conversando con un amigo en los alrededores del establecimiento cuando observó que un grupo de varones agredía a otra persona. Al solicitarles que detuvieran la agresión, varios de los integrantes del grupo se dirigieron hacia él y comenzaron a golpearle de forma conjunta hasta dejarlo inconsciente, para después abandonar el lugar de los hechos de manera precipitada.

A consecuencia de la gravedad de los golpes recibidos, el joven sufrió un traumatismo maxilofacial, múltiples fracturas faciales y la pérdida traumática de tres piezas dentales. Estas lesiones requirieron tratamiento médico y quirúrgico, con un periodo de curación de 190 días, y han dejado al afectado secuelas funcionales y estéticas de carácter permanente.


Aplicación del principio de presunción de inocencia por dudas razonables

El fallo judicial argumenta que la pelea se desarrolló de forma dinámica y se desplazó desde la puerta de la discoteca hacia una esquina próxima, un factor que dificultó la identificación precisa de los agresores por parte de los testigos. Ante la existencia de dudas razonables en las declaraciones, la Sala ha aplicado los principios de presunción de inocencia y el precepto penal in dubio pro reo.

En el análisis de las responsabilidades individuales, la sentencia detalla que, si bien algunos testigos situaron al primer acusado en el entorno de la pelea, diferentes testimonios coincidieron en que no participó en la agresión final en la que la víctima recibió el impacto que provocó las lesiones más graves. De hecho, las declaraciones señalaron como autor de ese golpe a un tercero cuya fotografía se aportó en el juicio. Respecto al segundo procesado, el tribunal subraya que «ninguno de los testigos pudo situarlo de forma clara en el lugar de los hechos ni confirmar su intervención en la agresión».

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