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Condenados dos policías de Vitoria por usar violencia desproporcionada contra un menor en patinete

La Audiencia Provincial de Álava impone una multa a los agentes por fracturarle la nariz a un joven tras una persecución de tres kilómetros.

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La Audiencia Provincial de Álava ha dictado sentencia contra dos agentes de la Policía Local de Vitoria-Gasteiz, condenándolos al pago de una multa como autores de un delito de lesiones. El tribunal considera probado que los oficiales emplearon una "violencia excesiva y desproporcionada" al interceptar a un menor de 16 años que huyó en un patinete eléctrico tras ser interceptado por circular en una zona peatonal.

Los hechos ocurrieron el 6 de marzo de 2023, cuando los agentes iniciaron una persecución que se extendió durante tres kilómetros por la capital alavesa. Según la resolución, el joven circulaba a gran velocidad con un patinete eléctrico trucado —capaz de alcanzar los 40 km/h— y puso en peligro a varios peatones al zigzaguear por zonas prohibidas.

Una reducción brusca e innecesaria

A pesar de que los magistrados reconocen que los policías tenían motivos legítimos para detener al joven debido a su huida, la sentencia subraya que la fuerza empleada fue injustificada. Al ser interceptado, el menor se detuvo y levantó las manos; sin embargo, los agentes lo redujeron poniéndolo boca abajo y presionando de forma "brusca e innecesaria" con sus brazos y rodillas.

Como consecuencia de esta intervención, el joven sufrió una fractura de la nariz y un cuadro clínico de trastorno adaptativo. El tribunal destaca que los agentes debieron valorar que el menor era físicamente más pequeño que ellos y que ya no ofrecía resistencia.

Sanciones económicas y responsabilidad civil

La pena impuesta consiste en cuatro meses de multa con una cuota diaria de 15 euros para cada agente (1.800 euros en total). Asimismo, ambos deberán indemnizar de forma conjunta al joven con 4.380 euros por los daños causados. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha sido declarado responsable civil subsidiario.

Por otro lado, la Audiencia ha rechazado las acusaciones de tortura o trato degradante solicitadas por la acusación particular, al no quedar acreditado un desprecio absoluto por la dignidad del menor. Al no existir pena de prisión, tampoco se ha aplicado la inhabilitación para el cargo público. La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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