La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido no adoptar la medida cautelar de suspensión solicitada por la Generalitat Valenciana y la Comunidad Autónoma de Aragón contra el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 para facilitar la regularización extraordinaria de extranjeros en España mediante autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
La decisión se produce en el marco de las piezas de medidas cautelares de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por ambas comunidades autónomas (recursos 109/2026 y 120/2026), en los que se impugna dicho real decreto. La Sala ha optado por no suspender la ejecutividad de la norma, remitiéndose para ello a las razones ya expuestas en los autos dictados en los recursos 98/2026 y 100/2026.
En cuanto al planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solicitado también por las partes recurrentes, la Sala considera que, atendidas las alegaciones presentadas y una vez acordada la no suspensión en estos autos, no resulta pertinente plantear dicha cuestión en este momento procesal.
Las decisiones adoptadas no han contado con votos particulares discrepantes. Los autos serán notificados a las partes en los próximos días.







